12 septiembre 2014

PROYECTO MODIFICACIÓN ARTICULO 115




 El senador panista Fernando Salazar Fernández presentó una iniciativa en la que propone elevar a nivel constitucional el derecho a la estabilidad laboral, a la seguridad social y al bienestar para los bomberos mexicanos y sus familias. La propuesta también firmada por su compañero de bancada, Carlos Mendoza Davis, plantea modificar el contenido de la fracción V del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos para establecer que los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos de protección civil y bomberos.

En la actualidad, afirmó Salazar Fernández, los cuerpos de bomberos están en una especie de limbo jurídico e institucional en nuestro país, no están previstos en su mayoría en las legislaciones municipales, aunque la mayor parte de éstos tienen su estación de bomberos. Los bomberos, agregó, "prestan un servicio real y necesario las 24 horas del día, los 365 días del año y no se trata de cuerpos de apoyo ocasionales o temporales, ellos están ahí todo el año e incluso en sus horas de asueto deben estar disponibles para emergencias, abandonando sus actividades o descanso a la hora que sea del día o la noche, por lo que los bomberos mexicanos tienen derecho a la estabilidad laboral, a la seguridad social, y al bienestar para sus familias". 

"Por la labor vital que prestan a la sociedad, por la enorme desventaja en que se ubican con respecto a otros servidores públicos municipales y en relación a cualquier tipo de trabajador protegido por la legislación laboral, es justo, necesario y urgente que los bomberos formen parte de la administración municipal, que gocen de derechos laborales y reciban el trato digno que merecen por su servicio y trabajo", enfatizó el legislador federal. 

Salazar Fernández recordó que la protección civil también es parte de los deberes de los municipios en los términos de la Ley General de Protección Civil, por lo que consideró oportuno incluirla como parte de las atribuciones municipales, a la par de las labores que realizan los bomberos. Los bomberos no sólo extinguen fuegos, al contrario, su servicio a la comunidad incluye el auxilio en todo tipo de desastres naturales como terremotos, tormentas e inundaciones, y en todos los desastres ocasionados por la mano del hombre, ya sea por acción consciente o por negligencia, señaló. 

En contraste con la enorme aportación que le hacen a la sociedad los bomberos, dijo Salazar Fernández, en muchos casos son personas en situación de desventaja y desprotección laboral y financiera, mujeres y hombres que ofrecen su vida y trabajo de forma voluntaria en las estaciones, con el único fin de tener la oportunidad de salvar una vida, de salvar los bienes de las personas y estar ahí en esos momento de tragedia. 

En la conformación de estos cuerpos de rescate se vulnera, como en pocos casos, el principio de igualdad consagrado en la Constitución en su aspecto de trato, derechos y obligaciones iguales para personas que se ubican en las mismas circunstancias, abundó.

Desde luego que hay cuerpos de bomberos que gozan de prerrogativas laborales y estabilidad, pero, a la par de estos, están los que dependen casi de forma absoluta de patronatos y donaciones voluntarias, y peor aún, los que trabajan y arriesgan sus vidas sin percibir ingreso alguno jamás, los llamados cuerpos voluntarios, indicó.

Además, en el artículo transitorio segundo del proyecto de decreto se establece "que los municipios que actualmente cuentan con cuerpos de bomberos deberán hacer los ajustes necesarios a sus presupuestos de Egresos a más tardar el 31 de diciembre de 2014, para incorporar a los integrantes de estos cuerpos al servicio público municipal en los términos de las disposiciones laborales establecidas en la legislación municipal de cada entidad federativa". 

Asimismo, en el artículo transitorio tercero se plantea que "en los términos del artículo 115 constitucional, los municipios que no puedan hacerse cargo de sus cuerpos de bomberos en los términos de la presente reforma, podrán solicitar al Poder Ejecutivo del estado que asuma la función señalada, así como que dos o más municipios podrán celebrar convenios entre sí para compartir las responsabilidades financieras derivadas de la presente reforma".

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